Cargos a Terceros

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La Sección de Cargos a Terceros del Área de Salud de Cáceres, tiene por finalidad la realización de todas las gestiones, acciones, etc; que conforme a las normas y procedimientos establecidos al respecto, sean precisas en orden al eficaz y eficiente cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

"Los ingresos procedentes de la asistencia sanitaria en los supuestos de seguros obligatorios especiales y en todos aquellos supuestos, asegurados o no, en que aparezca un tercero obligado al pago, tendrán la condición de ingresos propios del Servicio de Salud correspondiente. Los gastos inherentes a la prestación de tales servicios no se financiarán con los ingresos de la Seguridad Social. En ningún caso estos ingresos podrán revenir en aquellos que intervinieron en la atención a estos pacientes. A estos efectos, las Administraciones Públicas que hubieran atendido sanitariamente a los usuarios en tales supuestos tendrán derecho a reclamar del tercero responsable el coste de los servicios prestados".

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad